Resumen corto:
Oro Blanco S.A. fusiona a Pampa Calichera, efectiva desde el 2 de febrero de 2026, incorporando su patrimonio y disolviendo a Pampa Calichera sin liquidación.
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86008 a A ERA “] A N E Santiago, 23 de enero de 2026 HECHO ESENCIAL SOCIEDAD DE INVERSIONES ORO BLANCO S.A.
Inscripción Registro de Valores N* 372 Señora
Solange Berstein Jáuregui
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero PRESENTE
Ref.: Informa Hecho Esencial
Señora Presidente,
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9? y en el inciso segundo del artículo 10% de la Ley N? 18.045 de Mercado de Valores, a lo dispuesto en la Norma de Carácter General N* 30 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y estando debidamente facultada al efecto, informo a usted, en carácter de hecho esencial de Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A. (la Sociedad), lo siguiente:
Habiéndose cumplido las condiciones a las que quedó sujeto el acuerdo de fusión por absorción de Sociedad de Inversiones Pampa Calichera S.A. (Pampa Calichera) en la Sociedad, adoptado en junta extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 19 de diciembre de 2025 (la Fusión); con fecha de hoy, los mandatarios de la Sociedad y Pampa Calichera otorgaron conjuntamente una misma y única escritura pública declaratoria en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery. En la referida escritura se dejó constancia: (1) del cumplimiento íntegro de las condiciones a las que se encontraba sujeta la efectividad de la Fusión; y (11) que conforme lo acordado por la junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad celebrada con fecha 19 de diciembre de 2025, la Fusión se considerará perfeccionada para todos los efectos legales, operativos, contables, tributarios y financieros y comenzará a producir sus efectos a contar del día 2 de febrero de 2026, esto es, el primer día hábil del mes siguiente a la fecha en que se hubiere otorgado la escritura declarativa de cumplimiento de las condiciones de la Fusión.
En consecuencia, desde el día 2 de febrero de 2026: (1) la Fusión surtirá plenamente sus efectos; (11) la Sociedad será la sucesora y continuadora legal de Pampa Calichera, sucediéndole en todos sus derechos y obligaciones, quedando la totalidad del patrimonio de Pampa Calichera incorporado en la Sociedad; y (111) Pampa Calichera se disolverá de pleno derecho, sin necesidad de efectuar su liquidación.
Sin otro particular, saluda atentamente,
Mad Catalina Silva Vial
Gerente General Sociedad de Inversiones Oro Blanco S.A.
C.C.: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores Bolsa Electrónica de Chile, Bolsa de Valores
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=127d1ca52342d84f46d0ad958266c82bVFdwQmVVNXFRWGhOUkVFeVRVUkZkMDVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1769213701