Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

SOCIEDAD CONCESIONARIA HOSPITAL COQUIMBO S.A. 2026-01-28 T-11:03

S

Resumen corto:
Certificado por Pedro Ricardo Reveco Hormazabal, notario en Santiago, en 2026, certifica reducción a escritura pública del Acta de la 16ª sesión del directorio de SOCIEDAD CONCESIONARIA HOSPITAL COQUIMBO S.A., con acuerdos y designaciones clave.

**********
Notario de Santiago Ricardo Reveco Hormazabal

El notario que suscribe, certifica que el presente documento electrónico es copia fiel e íntegra de la escritura pública de REDUCCIÓN A ESCRITURA PUBLICA , repertorio Nro: 4823 de fecha 20 de Enero de 2026, que se reproduce en las siguientes páginas. Copia otorgada en Santiago , en la fecha consignada en la firma electr?nica avanzada al final de esta certificación. Doy

Fe.-

Santiago, 27 de Enero de 2026..- a A Ñ cool NANA [| Emito el presente documento con firma electrónica avanzada (ley No19.799, de
12345352858 2002), conforme al procedimiento establecido por Auto Acordado de 13102006 de la www.fojas.cl Excma. Corte Suprema.- Certificado Nro 123457382858.- Verifique validez en http:fojas.cld.php?cod=not71prevehogndoc=123457382858.- .- CUR Nro: F4766-123457382858.-

Pag: 110

Firmado digitalmente por:PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL Fecha: 27.01.2026 10:59 Razón: Notario Publico Ubicación: Santiago Pag: 11 PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL NOTARIO PUBLICO

REPERTORIO N? 4.823 – 2026.- ISVOt: 1012067

REDUCCION ESCRITURA PÚBLICA

ACTA DECIMOSEXTA SESIÓN ORDINARIA DE DIRECTORIO

SOCIEDAD CONCESIONARIA HOSPITAL COQUIMBO S.A.

EN SANTIAGO, REPÚBLICA DE CHILE, a veinte de Enero del año dos mil veintiséis, ante mí, PEDRO RICARDO REVECO A,

O HORMAZABAL, chileno, casado, Abogado y Notario Público > ” z a 2s Titular de la Décimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en LO Y > £ o; . no. .
352 SY Bandera trescientos cuarenta y uno, Oficina trescientos ar yx cincuenta y dos, y con cédula nacional de identidad y rol único tributario número tres millones seiscientos treinta y cuatro mil doscientos cuarenta y siete guión uno, comuna de Santiago, comparece: doña MONTSERRAT GERTRUDIS CASTRO MATUS, chilena, abogada, soltera, cedula nacional de ¡identidad número diecinueve millones doscientos noventa y seis mil setecientos cuarenta y cuatro Pag: 210 guion nueve, con domicilio en Av. Salvador número trescientos setenta y nueve, comuna de Providencia, Región Metropolitana,

Certificado quien acredita su identidad con la cédula antes citada y

123457382858 Verifique validez en http:www.fojas.cl expone: que debidamente facultado viene en reducir a escritura pública ACTA DECIMOSEXTA SESIÓN ORDINARIA DE DIRECTORIO SOCIEDAD CONCESIONARIA HOSPITAL Pag: 310

COQUIMBO S.A. En Santiago de Chile, a treinta y uno de diciembre del año dos mil veinticinco, siendo las veinte cuarenta y cinco horas, en las oficinas de la Sociedad ubicadas en Cerro el Plomo cinco mil seiscientos treinta, oficina mil seiscientos dos, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, se celebró la Decimosexta Sesión Ordinaria de Directorio de la SOCIEDAD CONCESIONARIA HOSPITAL COQUIMBO S.A., en adelante también la Sociedad, con la asistencia de los Directores y Directoras titulares, señores y señoras Uno) ZHU MOULAN, dos) ZHAO YE, tres) LIU JINGWEI, cuatro) ZHANG YUNFE!, y cinco) con la asistencia del Director suplente, señor CHEN LIANJIE. Presidió la sesión doña ZHU MOULAN, y actuó como Secretario don ZHAO KEJIAN, ambos designados especialmente al efecto. Los Directores ZHU MOULAN, LIU JINGWEI y ZHAO YE asistieron mediante sistema de videoconferencia, situación que será certificada por el Directorio y el Secretario, de conformidad a la normativa aplicable. Asistieron especialmente invitados el Gerente General señor XIONG XIAOHUI, la abogada doña MONTSERRAT CASTRO MATUS, y el señor YUE WENTAO. A.- FORMALIDADES Y CONSTITUCIÓN DE LA MESA Se dejó constancia de, que para esta Sesión de Directorio, se omitieron las formalidades legales de citación en razón de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo ochenta y cuatro del Reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas, esto es, que la unanimidad de los directores de la Sociedad comprometió su asistencia, como en el hecho ocurrió, por lo que se declara legalmente constituida la presente sesión y se da por iniciada, dejando constancia que los directores han sido convocados personalmente a la misma. B.- TABLA DE LA SESIÓN 1.

Certificado 123457382858 Verifique validez http:www.fojas.
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL NOTARIO PUBLICO

Designación de Ejecutivos Principales Il. Revocación de poderes a apoderado lll. Designación de Gerente de Administración y Finanzas; Poderes IV. Reducción a escritura pública y cumplimiento de acuerdos. l. DESIGNACIÓN DE EJECUTIVOS PRINCIPALES La señora Presidenta señaló que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo décimo quinto de los estatutos de la Sociedad, el Directorio debe designar, además del Gerente General, a uno o más gerentes, según lo estime conveniente, para la mejor atención de los negocios sociales. Al respecto, dado un cambio en la integración de la gerencia de la sociedad, el Directorio acordó lo siguiente: Acuerdo primero de diciembre de dos mil veinticinco: Se acuerda, por la unanimidad de los Directores presentes, revocar la designación de Ejecutivos Principales realizada en el Acuerdo siete de abril de dos mil veinticuatro de la Séptima Sesión Ordinaria de Directorio de la Sociedad, de fecha veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha cero ocho de julio de dos mil veinticuatro, ante el notario público de Santiago don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, bajo el Repertorio número treinta y ocho mil veintitrés. Acuerdo dos de diciembre de dos mil veinticinco: Se acuerda, por la unanimidad de los Directores presentes, designar a don Oscar Enrique Sotomayor Lillo y don Zhao Kejian como Ejecutivos

Principales de la Sociedad. El Directorio declara que la nueva

Pag: 410 designación de los Ejecutivos Principales se realiza en conformidad con lo establecido en el artículo sesenta y ocho de

Certificado N’ la Ley de Mercado de Valores, y mandata al Gerente General

Verifique validez en http:www.fojas.cl para dar informe de ello a la Comisión para el Mercado

Financiero. Il. REVOCACIÓN DE PODERES A APODERADO A continuación, expone la Presidenta que el apoderado don Wang Pag: 510

Pengpeng, cédula de ¡identidad para extranjeros número veintisiete millones novecientos cuatro mil ochocientos dieciocho guión cero, ha renunciado a la Sociedad y se vuelve necesario, en consecuencia, revocar todos los poderes que le fueron otorgados en la Séptima Sesión Ordinaria de Directorio de la Sociedad, de fecha veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, cuya acta se redujo a escritura pública con fecha cero ocho de julio de dos mil veinticuatro, ante el notario público de Santiago don Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, bajo el Repertorio número treinta y ocho mil veintitrés. Tras una breve discusión, el Directorio acordó lo siguiente: Acuerdo tres de diciembre de dos mil veinticinco: Se acuerda, por la unanimidad de los Directores presentes, revocar la totalidad de los poderes otorgados a don Wang Pengpeng, cédula de identidad para extranjeros número veintisiete millones novecientos cuatro mil ochocientos dieciocho guión cero, en la Séptima Sesión Ordinaria de Directorio de la Sociedad, de fecha veintisiete de junio de dos mil veinticuatro, cuya acta se redujo.

a escritura pública con fecha cero ocho de julio de dos mil veinticuatro, ante el notario público de Santiago don Pedro

Ricardo Reveco Hormazábal, bajo el Repertorio número treinta y ocho mil veintitrés, de forma tal que ya no ejerce ni ejercerá autoridad, facultad, poder o representación alguna por la Sociedad. IM. DESIGNACIÓN DE GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; PODERES En línea con la revocación recién acordada, y para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo uno siete tres uno de las Bases de Administrativas de Licitación y lo dispuesto en el número quince del Anexo Complementario, la señora Presidenta hizo ver la necesidad de que la Sociedad designe a un nuevo Gerente de

Certificado 123457382858 Verifique validez http:www.fojas.
PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL NOTARIO PUBLICO

Administración y Finanzas, que cuente con las mismas facultades y poderes del apoderado recién depuesto.
Manifestando su acuerdo, el Directorio procede a dejar constancia de lo siguiente:. Uno. Designación de Gerente de

Administración y Finanzas Acuerdo cuatro de diciembre de dos mil veinticinco: Se acuerda, por la unanimidad de los Directores presentes, designar a don YUE WENTAO, cédula de identidad para extranjeros número veintiocho millones novecientos ochenta mil novecientos ochenta guión cinco, como

Gerente de Administración y Finanzas. Dos. Poderes conjuntos. Acuerdo cinco de diciembre de dos mil veinticinco: Se acuerda, por la unanimidad de los Directores presentes, conferir poder al señor YUE WENTAO, cédula de identidad para extranjeros número veintiocho millones novecientos ochenta mil novecientos ochenta guión cinco, en su calidad de Gerente de Administración y Finanzas, para que actuando conjuntamente con el Gerente General, señor XIONG

-XIAOHUI, cédula de ¡identidad para extranjeros número veintisiete millones ochocientos noventa y siete mil doscientos dieciocho guión seis, puedan representar a la Sociedad, ejerciendo las siguientes facultades: ¡i. Descontar, cancelar y cobrar cheques, pagarés, valores y demás documentos mercantiles, de embarque o bancarios, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercer

Pag: 610 todas las acciones que correspondan a la Sociedad en relación con tales documentos; li. Representar a la Sociedad ante los

Certificado 123457382858 Verifique validez en http:www.fojas.cl bancos e instituciones financieras, nacionales o extranjeros, con las más amplias facultades que se precisen; darles instrucciones y encomendarles comisiones de confianza; celebrar operaciones de cambios internacionales y compra y Pag: 710 venta de divisas; celebrar contratos de cuenta corriente bancaria, de depósito yo de crédito y mercantil, pudiendo depositar, girar y sobregirar en ella, imponerse de su movimiento, modificarlo y ponerle término o solicitar su terminación; aprobar y objetar saldos; requerir y retirar talonarios de cheques; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; hacer depósitos en cuentas bancarias a la vista, de ahorro o reajustables, a plazo o condicional, y retirarlos total o parcialmente; colocar dineros en instrumentos de renta fija o fondos mutuos, sea en moneda nacional o extranjera, y valores en depósito, o garantía o cancelar los certificados respectivos; tomar y cancelar vales vista, boletas bancarias o boletas de garantía. Lo anterior, excluye los contratos y documentos de financiamiento del contrato de concesión de que es titular la Sociedad, para lo que se requerirá la aprobación previa del Directorio; ¡ii. Girar, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, revalidar cheques, pagarés, y demás documentos mercantiles, sean nominativos, a la orden: o al portador, en moneda nacional o extranjera, excluyendo aquellos relativos al financiamiento del contrato de concesión de que es titular la Sociedad, para lo que se requerirá la aprobación previa del Directorio; y pagar en efectivo, todo lo que la Sociedad adeudare por cualquier título y, en general, extinguir obligaciones ya sea por novación o compensación; Se deja establecido que la Sociedad debe contar con un sistema presupuestario integral, cuyo presupuesto anual debe ser aprobado por el Directorio. Los pagos dentro del presupuesto anual requieren solamente cumplir los procedimientos financieros y procedimientos de la Sociedad.

Los requerimientos de pago que excedan el presupuesto anual

Certificado 123457382858

Verifique validez http:www.fojas.
Pag: 810

Certificado 123457382858

Verifique validez en http:www.fojas.cl

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL NOTARIO PUBLICO serán implementados de acuerdo con los procedimientos de ajuste del presupuesto anual que hayan sido aprobados por el Directorio de la Sociedad. Los pagos deberán ser realizados de conformidad con los requisitos relevantes de la Sociedad. Tres.

Poder de representación ante el Servicio de Impuestos

Internos (SII). Acuerdo seis de diciembre de dos mil veinticinco: Se acuerda, por la unanimidad de los Directores presentes, revocar la designación de don Wang Pengpeng como representante legal de la sociedad ante el Servicio de Impuestos Internos, y en su reemplazo, designar al señor XIONG XIAOHUI, cédula de identidad para extranjeros número veintisiete millones ochocientos noventa y siete mil doscientos dieciocho guión seis, como representante legal de SOCIEDAD

CONCESIONARIA HOSPITAL COQUIMBO $.A. ante el Servicio de Impuestos Internos (Sll), estando investido de facultades

Oy . ] SL tan amplias como en derecho se permita, pudiendo, sin que la siguiente enunciación sea taxativa, presentar y firmar toda clase de solicitudes, formularios, declaraciones y documentos que sean requeridos por el Servicio de Impuestos Internos, con el objeto de realizar cualquier tipo de gestión en representación de la Sociedad, tales como la obtención del Rol Único Tributario de la Sociedad, dar aviso de su inicio de actividades, informar de cualquier tipo de modificación que sufra la Sociedad relativa a aumentos o disminuciones de capital, cambio de razón social, cambio de domicilio, cambio de socios o de su participación en el capital o en sus utilidades, informar, revocar e incorporar nuevos representantes de la Sociedad ante el Servicio de Impuestos Internos y, en general, todas aquellas que la ley permite hacer a quien representa con las más amplias facultades a una entidad ante la autoridad tributaria, pudiendo Pag: 910 delegar estas facultades y designar apoderados al efecto.
Respecto del Servicio de Impuestos Internos, este poder sólo se extinguirá por comunicación expresa del mandante, según lo dispuesto en el inciso final del Artículo nueve del Código

Tributario. – IV. REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA Y

CUMPLIMIENTO DE_ ACUERDOS El Directorio acordó, por unanimidad, facultar a doña MONTSERRAT CASTRO MATUS, a doña CATALINA MADARIAGA ROZAS, a don ZHAO KEJIAN para que, actuando indistintamente uno cualquiera de ellos, pueda proceder a reducir a escritura pública, íntegra o parcialmente, las partes pertinentes del acta de la presente Sesión de Directorio, y al portador de copia autorizada de dicha escritura pública, para requerir y firmar todas las inscripciones, subscripciones, anotaciones y publicaciones que se requieran en los registros y medios que correspondan, con el objeto de legalizar los acuerdos adoptados. Asimismo, se acuerda por la unanimidad de los Directores presentes dejar constancia de que JE el acta de la presente Sesión se entenderá aprobada desde el : momento en que se encuentre firmada por los Directores asistentes, y desde ese momento podrán llevarse a efecto los acuerdos consignados en ella. Antes de poner término a la reunión, la Presidenta ofreció la palabra para considerar cualquiera otra materia relativa a la Sociedad. No habiendo otras materias que tratar, el Directorio resolvió poner término a esta reunión, siendo las veintiún horas. Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco. Hay siete firmas ¡legibles a nombre de ZHU MOULAN Presidenta del Directorio CHEN LIANJIE Director suplente ZHANG YUNFEI Director LIJU JINGWEI Director ZHAO YE Director ZHAO KEJIAN Secretario del Directorio XIONG XIAOHUI Gerente General. Conforme con

Certificado 123457382858 Verifique validez http:www.fojas.
Pag: 1010

Certificado 123457382858 Verifique validez en http:www.fojas.cl

PEDRO RICARDO REVECO HORMAZABAL NOTARIO PUBLICO libro de actas tenido a la vista y devuelto al interesado. El compareciente ratifica y firma con el Notario que autoriza, que certifica la presente escritura queda incorporada al repertorio de instrumento público bajo el número que se cita. – Se da copia.

DOY FE. – Repertorio número cuatro mil ochocientos veintitrés.- o_Bandora 3h 0d Lo 37. 352 y Pro NA . ¿pa AN

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=4e26255d68f5be97c8457c947f8189f2VFdwQmVVNXFRWGhOUkVFeVRucG5lRTlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1769636101

Por Hechos Esenciales
Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

Archivo

Etiquetas

27 (3700) 1616 (1411) 1713 (1014) Actualizaciones (19647) Cambio de control (742) Cambio de directiva (10178) Cambio de propiedad (742) Colocación de valores (2125) Compraventa acciones (1511) Dividendos (13870) Emisión de valores (2125) fondo (8440) Hechos relevantes (19645) importante (6168) IPSA (5230) Junta Extraordinaria (6563) Junta Ordinaria (12878) Noticias generales (19646) Nueva administración (10178) Nueva sociedad (742) Nuevo representante legal (561) Otros (19641) Pago de dividendos (13618) Reorganización (742) Reparto de utilidades (13618) Toma de control (742) Transacciones con interés (695) Transacciones con personas relacionadas (695) Transacciones relacionadas (695) Transacción activos (1511)