Resumen corto:
Principal Seguros de Vida Chile S.A. convoca a Junta Extraordinaria el 29/12/2025 para dividirse en dos sociedades, aprobar balances, modificar estatutos y definir directorios, tras decisión del directorio el 18/12/2025.
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O Principal
Señora
Santiago, 18 de diciembre de 2025 GG 11225
Solange Berstein Jáuregui
Presidenta
Comisión para el Mercado Financiero Presente
REF: Hecho esencial. Informa convocatoria a Junta Extraordinaria de Accionistas.
De nuestra consideración:
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 del D.F.L. N* 251, en relación con lo dispuesto en el artículo 10% de la Ley N*18.045 sobre Mercado de Valores, a lo previsto en la Circular N*991 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), y especialmente facultado al efecto, cumplo con informar que el Directorio de Principal Compañía de Seguros de Vida Chile S.A. (la Sociedad) en sesión extraordinaria celebrada con fecha 18 de diciembre de 2025, ha resuelto citar a Junta Extraordinaria de Accionistas (la Junta) a realizarse el día lunes 29 de diciembre de 2025, a las 10:00 horas, en las oficinas de la sociedad ubicadas en Av. Apoquindo N 3600 Piso 11, Las Condes, Santiago, con el objeto de que los accionistas se pronuncien sobre las siguientes materias:
a)
b)
f)
Classification: Internal Use
La propuesta y condiciones para la división de Principal Compañía de Seguros de Vida Chile
S.A. en dos sociedades anónimas especiales, en los términos de los artículos 94 y siguientes de la Ley sobre Sociedades Anónimas, subsistiendo la Sociedad como continuadora legal, la cual conservará su nombre y personalidad jurídica, y constituyéndose una nueva sociedad anónima producto de la división, la cual se denominará Principal Seguros de Vida S.A. (la Nueva Sociedad) correspondiéndoles a los accionistas de la Sociedad dividida la misma proporción en las acciones que se emitan en la Nueva Sociedad, que aquella prorrata que cada uno de ellos tenía en la sociedad que se divide, todo ello sobre la base de los antecedentes financieros de la Sociedad al 30 de septiembre de 2025.
Aprobación del balance auditado de la Sociedad al 30 de septiembre de 2025, y los balances proforma de la Sociedad y de la Nueva Sociedad al 1 de octubre de 2025, y distribución de los activos, pasivos y cuentas de patrimonio de la Sociedad, entre ésta y la Nueva Sociedad.
La disminución de capital de la Sociedad y determinación del capital y número de acciones de la Nueva Sociedad y su distribución entre los accionistas.
La modificación de las normas pertinentes de los estatutos de la Sociedad a fin de reflejar su nuevo capital social y las demás modificaciones estatutarias que se acuerden.
Establecer el número de miembros del directorio de la Nueva Sociedad y elegir a los miembros de su directorio provisorio.
Designar a la empresa de auditoría externa y clasificadores de riesgo de la Nueva Sociedad.
l
g) Designar el periódico en que han de efectuarse las publicaciones de avisos y demás comunicaciones legales de la Nueva Sociedad.
h) Aprobar el texto de los estatutos por los cuales se regirá la Nueva Sociedad.
) Fijar el procedimiento y la fecha en que se materializarán la distribución de los títulos de las acciones de la Nueva Sociedad y la entrega de los respectivos títulos.
j) Adoptar todos los demás acuerdos y medidas que fueran necesarias para ejecutar la división propuesta, la constitución de la Nueva Sociedad y el otorgamiento de los poderes que fueran necesarios para llevar a efecto todos los acuerdos que se adoptasen en la Junta.
Tendrán derecho a participar en la Junta los titulares de acciones que figuren como tales en el Registro de Accionistas de la Sociedad en la medianoche del quinto día hábil anterior a la fecha de celebración de la Junta. La calificación de poderes, si procediere, se efectuará el mismo día de la Junta y previamente a su realización.
En atención de que existe plena seguridad que asistirán a la Junta los titulares de la totalidad de las acciones emitidas por la Sociedad, se acuerda por unanimidad omitir el cumplimiento de las respectivas formalidades de citación establecidas en la Ley de Sociedades Anónimas, su reglamento y los estatutos sociales, conforme lo permite el artículo 60 de la Ley de Sociedades Anónimas.
Sin otro particular, saluda atentamente a Ud.,
Pablo Cruzat A.
Pablo Cruzat A. (Dec 18, 2025 17:56:56 GMT-3) Pablo Cruzat Arteaga Gerente General Principal Compañía de Seguros de Vida Chile S.A.
Classification: Internal Use
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=e4971c3c5361f1aca3d75b4feaa8363dVFdwQmVVNVVSWGxOUkdjMVRVUkpNRTFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1766109301