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NIBSA S.A. 2025-12-05 T-13:33

N

Resumen corto:
NIBSA vende activos por $2.977.7 millones, representando el 36.03% del total, con una pérdida de $677.3 millones; se convoca junta extraordinaria para aprobar la enajenación.

**********
Santiago, 5 de Diciembre de 2025

Señora

Solange Berstein Jáuregui

Comisión para el Mercado Financiero Presente

Ref. Comunica complemento de HECHO ESENCIAL de NIBSA S.A., inscrita Registro de Valores con el N* 625.

De nuestra consideración:

Dando cumplimiento al Oficio Ord. N* 230993 que fuera enviado a nuestra sociedad con fecha 4 de Diciembre de 2025, y según lo disponen el artículo 9%, e inciso segundo del artículo 10% de la Ley N* 18.045 sobre Mercado de Valores y la Norma de Carácter General N* 30 de la Comisión para el Mercado Financiero, entregamos a Uds. la siguiente información en forma complementaria al Hecho Esencial de fecha 28 de Noviembre último.

Sin otro particular, le saluda,

Firmado digitalmente por ANDREA U LLOA ANDREA ULLOA HERNANDEZ

Fecha: 2025.12.05 13:26:38 HERNANDEZ Fecha

Andrea Ulloa Hernández

Representante Legal NIBSA S.A.
NIBSA

Información complementaria:

1. Valor libro y porcentaje de las existencias que se estarían vendiendo.

El valor de las existencias que se están vendiendo es $ 2.977.709.953 y corresponde al valor libro al 31 de octubre de 2025. Por otra parte, se está vendiendo el 100% de las existencias.

2. Valor libro de los derechos sobre las marcas y registros de propiedad.
Los derechos sobre las marcas y registros de propiedad no tienen valor libro.

3. Cuánto representa el total de activos a enajenar señalados en los puntos 1. y 2.
anteriores, en relación con el total de activos de la sociedad al 30 de septiembre de 2025.

Considerando el valor libro de los activos a enajenar al 31 de octubre de 2025, estos representan el 36,03% del total de activos al 30 de septiembre de 2025.

4. Efecto en resultados por la transacción.

Considerando el valor libro de los activos a enajenar al 31 de octubre de 2025, el resultado por la transacción es una pérdida de $ 677.254.707.

5. Motivos por los cuales cita a junta extraordinaria de accionistas.

La convocatoria a la Junta Extraordinaria de Accionistas se justifica en atención a lo establecido en la Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas y en los estatutos de la sociedad.

El inciso tercero del Artículo 55 de la Ley citada, al referirse a las Juntas Extraordinarias, señala que: Las segundas podrán celebrarse en cualquier tiempo, cuando así lo exijan las necesidades sociales, para decidir respecto de cualquiera materia que la ley o los estatutos entreguen al conocimiento de las juntas de accionistas y siempre que tales materias se señalen en la citación correspondiente.

Por su parte, el N* 6 del Artículo 57 de la misma Ley señala que son materias de junta extraordinaria Las demás materias que por ley o por los estatutos, correspondan a su conocimiento o a la competencia de las juntas de accionistas.

Y los estatutos de la sociedad, en su Artículo Trigésimo señalan expresamente que: … se requerirán el voto favorable de los dos tercios de las acciones emitidas con derecho a voto, para adoptar acuerdos que impliquen reforma a los estatutos sociales, para la enajenación de más de un veinticinco por ciento del activo… agregando más adelante en el mismo Artículo que se requerirá igual voto favorable para la enajenación del activo y pasivo de la

)) sociedad o del total de su activo.
NIBSA

6. Si el directorio ha adoptado acuerdo sobre el futuro de la sociedad.
A la fecha, el directorio no ha adoptado acuerdo sobre el futuro de la sociedad.

7. Cualquier otro antecedente relevante que sea pertinente, para una cabal comprensión de la transacción.

El precio final de venta de los activos y el efecto en resultados por la transacción será determinado con exactitud a la fecha de firma del contrato de compraventa, teniendo en consideración el inventario real existente a esa fecha, más los ajustes de valoración de inventario acordados por ambas partes del contrato.

Podrían registrarse nuevos ajustes al precio, que se imputarían a alguna de las cuotas del saldo de precio pagadero a plazo, por hechos anteriores a la firma del contrato.

En caso de que la Junta Extraordinaria de Accionistas apruebe la venta de los activos, la sociedad deberá modificar su razón social.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=ed9386fc6c461478233cd204dbae3df4VFdwQmVVNVVSWGxOUkdjeFRsUm5NMDFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1764952501

Por Hechos Esenciales
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