Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

BCI SECURITIZADORA S.A. 2025-12-24 T-09:48

B

Resumen corto:
Bci aprobó el 25/11/2025 una política para la elección de directores en filiales, incluyendo requisitos, proceso y responsabilidades, afectando el ejercicio del voto en filiales fiscalizadas por la CMF.

**********
o Bci Securitizadora

Santiago, 24 de diciembre de 2025

Señora:

Solange Berstein Jáuregui Presidente

Comisión para el Mercado Financiero Presente

De mi consideración:

Conforme con lo establecido en el Artículo 9 y en el inciso segundo del Artículo 10″, ambos de la Ley 18.045, en la Norma de Carácter General N*30, y en la Norma de Carácter General N*533, debidamente facultado y en representación de la sociedad BCI Securitizadora S.A., vengo en informar en carácter de hecho esencial, lo siguiente:

Con fecha 23 de diciembre de 2025, el Directorio de BCl Securitizadora S.A., tomó conocimiento de que el Directorio de Banco de Crédito e Inversiones, sociedad controladora de aquella, aprobó la Política General de Elección de Directores en Sociedades Filiales de Banco de Crédito e Inversiones (la Política).

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el acápite final de la Sección Il de la Norma de Carácter General N*533, a contar de esta fecha el ejercicio del derecho a voto que tiene Banco de Crédito e Inversiones, en la elección de los Directores de BCl securitizadora S.A., deberá sujetarse a las disposiciones de la Política.

Copia integra de la Política se adjunta a este Hecho Esencial. Adicionalmente, la Política se encuentra publicada en el sitio web de Banco de Crédito e Inversiones www.bci.cl.

Saluda atentamente a usted,

Juan Pabló DonosoCocq Gerente o Bci Securitizadora

POLÍTICA GENERAL DE ELECCIÓN DE DIRECTORES EN SOCIEDADES FILIALES DEL BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES.

T.- OBJETO La presente Política General de Elección de Directores en sus Sociedades Filiales (la Política) se adopta por parte del BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES (en adelante e indistintamente Bci o Sociedad Matriz) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 92 bis de la Ley N 18.046 (Ley de Sociedades Anónimas) y la Norma de Carácter General N 533 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), con el objeto de establecer las directrices para la elección de los directores en aquellas sociedades filiales de Bci que sean fiscalizadas por la CMF, cualquiera sea el objeto, naturaleza jurídica o estructura de dichas entidades.
H1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Política se aplicará a la postulación y elección de los candidatos a directores de las sociedades filiales de Bci.
MI.- DIRECTRICES Las normas contenidas en esta Política se vinculan con el rol de gobierno corporativo que le corresponde ejercer al Directorio de Bci en su carácter de Órgano colegiado de la Sociedad Matriz, y establece las directrices relativas tanto a la idoneidad profesional que deben reunir los candidatos a directores de las sociedades filiales; el procedimiento aplicable en su elección; y, otras materias vinculadas con el ejercicio de sus cargos.
a.- Requisitos de los candidatos a director de una sociedad filial Bci. La Sociedad Matriz acuerda establecer los siguientes requisitos que deberán cumplir los postulantes para ejercer el rol de directores en cualquiera de sus filiales:

Contar con una formación académica pertinente y adecuada para el cargo, preferentemente en áreas tales como economía, administración, finanzas, derecho, ingeniería u otras relacionadas con el giro de la respectiva filial. También se considerará el ejercicio de cargos públicos directivos vinculados al sector financiero,

Contar con conocimientos correspondientes al nivel exigido para el ejercicio del cargo de director especialmente en materia de normativa y regulación financiera, riesgo de crédito, financiero y operacional, auditoría, inversiones yo en aquellas otras materias que correspondan al giro específico de la filial.

En cuanto a la experiencia profesional, se valorará que el candidato cuente con experiencia previa en cargos directivos, de administración (como gerente o ejecutivo principal), o gobierno corporativo, ya sea en sociedades anónimas, empresas del sector económico en que participe la filial.

No podrán encontrarse afectos a inhabilidad alguna, de aquellas establecidas en los artículos 35, 36 y 50 bis de la Ley de Sociedades Anónimas o cualquiera otra inhabilidad vigente en la normativa legal o reglamentaria que resulte aplicable a la respectiva filial. En especial los candidatos no podrán encontrarse afectos a la prohibición de interlocking establecida en la letra d) al artículo 3%, Decreto Ley N? 211.

– Deberán contar con tiempo suficiente para llevar a cabo las responsabilidades necesarias del cargo.

La evaluación de los criterios señalados deberá realizarse considerando las características específicas de cada filial y su entorno regulatorio, procurando que los candidatos cuenten con las competencias necesarias para contribuir al cumplimiento del objeto de la respectiva entidad

b.- Proceso de elección de directores en las sociedades filiales. Designación de los directores. Vinculación de los candidatos a directores con la Sociedad Matriz. El Presidente del Directorio de Bci y el Gerente General de Bci, en representación de la Sociedad Matriz, serán los responsables de proponer a los candidatos que puedan ser designados para ejercer el cargo de director de la respectiva sociedad filial.
Para estos efectos, la Sociedad Matriz como accionista de las sociedades filiales, deberá, en las instancias corporativas que legal y estatutariamente correspondan de dichas sociedades, proponer a la o las personas que puedan ser elegidas como miembros de los directorios de dichas sociedades.
o Bci Securitizadora

La propuesta o designación señalada podrá recaer en cualquiera o cualesquiera de las personas que ejerzan los cargos de gerentes de primer o segundo reporte] l Son gerentes de primer reporte aquellos que reportan directamente al gerente general de Bci. Son gerentes de segundo reporte aquellos que reportan a los gerentes de primer reporte. de Bci, considerando para ello -además de la idoneidad profesional de los nominados- la importancia financiera, estratégica y operativa de la respectiva filial al momento de proponer a tales personeros.

Una persona podrá desempeñarse como director de más de una sociedad filial de Bci, siempre que lo autorice la regulación vigente.

c.- Normativa complementaria aplicable a los directores de sociedades filiales. A los directores de las sociedades filiales elegidos por Bci en su calidad de accionista les serán aplicables, aparte del estatuto orgánico que las rige contenido en la Ley sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento, en lo que corresponda, las normas establecidas para los directores de la Sociedad Matriz.

Dichos directores de las sociedades filiales elegidos por Bci deberán ejercer su cargo velando sobre toda consideración por el interés social de la respectiva filial, considerando en el ejercicio de sus funciones la alineación estratégica de dicha sociedad con las políticas, prácticas y objetivos de la Sociedad Matriz, en cuanto fueren compatibles con la dirección, administración superior y gobierno corporativo de la respectiva filial, en particular con la Política de Control de Gestión de Filiales en Chile y el extranjero y Sucursales en el Exterior de la Sociedad Matriz.

d.- Remuneración de los directores. La remuneración de los directores de las sociedades filiales de Bci será aquella acordada anualmente en la Junta Ordinaria de Accionistas de la respectiva filial.

e.- Responsabilidad de los directores. Conforme lo establece el artículo 41 de la Ley sobre Sociedades Anónimas, los directores de las sociedades filiales deben emplear en el ejercicio de sus funciones el cuidado y diligencia que las personas emplean ordinariamente en sus propios negocios, exigencia que les impone -desde luego- cumplir con todos los deberes contemplados en esa legislación y en otras leyes especiales.

Asimismo, responden solidariamente de los perjuicios causados a la sociedad y a los accionistas por sus actuaciones dolosas o culpables, de conformidad a lo establecido en el artículo 41 de la Ley de Sociedades Anónimas y demás normativa aplicable.

f.- Deberes de los directores. En orden al deber fundamental de los directores concerniente a velar por los intereses de la sociedad respectiva, a título de principios generales en el ejercicio de su cargo cada director se encuentra sujeto a las siguientes obligaciones:

Conocer la situación legal, económica y financiera de la sociedad en que se desempeña como director.

Tener pleno conocimiento de sus obligaciones, prohibiciones y derechos como director, en especial sobre el deber de reserva, el uso de información privilegiada, conflictos de interés y la regulación específica aplicable en materia de sociedades filiales.

Proporcionar información a la Comisión para el Mercado Financiero, a los accionistas y al público general en los términos establecidos en la ley.

Resguardar que los intereses del Grupo Bc1 no contravengan el interés corporativo de la sociedad filial y preservar su autonomía, sin perjuicio de la aplicación de las normas de control sobre inversiones en sociedades filiales establecidas por la Matriz y la política fijada por Bci en esta materia.

IV.- MECANISMOS DE DIVULGACIÓN. El texto íntegro y actualizado de la Política estará a disposición de los accionistas y demás interesados en las oficinas sociales del Banco y en el sitio web institucional www.bc1.cl

Tan pronto como las filiales sujetas a la fiscalización de la CMF tomen conocimiento del hecho de que la Sociedad Matriz aprobó la presente Política o cualquier modificación de ésta, deberán divulgarlo en carácter de hecho esencial al mercado.

A contar de esa fecha, el ejercicio del derecho a voto por parte de Bci en la elección de directores de las filiales sujetas a la fiscalización de la CMF deberá sujetarse a las disposiciones de la presente Política.

V. FECHA DE APROBACIÓN.

La presente Política fue aprobada por el Directorio de Bci en Sesión celebrada con fecha 25 de noviembre de 2025.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=c8b27a779b8ee9d02b042209e0c78d1dVFdwQmVVNVVSWGxOUkdjMVQxUnJORTlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1766580601

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